La ITE (Inspección técnica del Edificio)

Ene 2, 2018 | General

La ITE (Inspección técnica del Edificio)

La Inspección Técnica de Edificaciones, o Inspección Técnica de Edificios (ITE), es un tipo de mantenimiento legal preventivo (sujeto a normativa) que requiere de la realización de un examen técnico. Dicho examen somete a los edificios a la revisión de ciertos elementos que afectan directamente a la seguridad del inmueble y sus habitantes. Consiste en una inspección visual realizada por profesionales de la Arquitectura, o Arquitectura Técnica, y se centra en la evaluación del estado de la estructura, la fachada, la cubierta, las redes comunes de agua, la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio. Su finalidad es instituir un sistema periódico de evaluación del estado de edificios de viviendas, con el fin de verificar la obligación de conservación y rehabilitación de los inmuebles que tienen los propietarios sobre los mismos.

Las ITE vienen reguladas por el Decreto 80/2014 de 20 de Mayo por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la CAPV. De forma general, se trata de un examen obligatorio y periódico (10 años) en aquellos edificios con una antigüedad superior a los 50 años, y en aquellos que soliciten ayudas para la rehabilitación, la mejora de la eficiencia energética y/o la mejora de su accesibilidad. En particular, destacamos que se ha establecido un plazo único de presentación para todos los edificios de más de 50 años. Este plazo finaliza el 27 de junio de 2018.

Las inspecciones técnicas de los edificios de viviendas deben ser realizadas por personal técnico con titulación de arquitecto, aparejador, arquitecto técnico o ingeniero de edificación. Sus honorarios varían en función de la experiencia y de los conocimientos aportados. Nuestra misión como administradores es prescribir equipos, proponer diferentes opciones a las comunidades, y facilitar diferentes presupuestos en función de las necesidades particulares de la comunidad. Por tanto, nuestro acento como administradores recae en facilitar la contratación del equipo adecuado para cada edificio en cuestión. Recomendamos a nuestras comunidades administradas no atender a ofertas indiscriminadas que no contemplan las condiciones del edificio concreto a evaluar. Sabemos por experiencia que la previsión es más económica que las consecuencias derivadas de una actuación insuficiente.La ITE asegura la identificación de problemas en las zonas descritas, y pone las bases para su solución, evitando problemas mayores y más costosos en el futuro.

Una vez elegido el equipo encargado de su realización, se practica la evaluación de los diferentes elementos en el edificio. Se trata de un trabajo que suele conllevar entre una y tres visitas, además de varias horas de trabajo de inspección. Dicho trabajo culmina en la redacción de un acta. El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco toma como base dicha acta para otorgar, en caso positivo, un certificado de aptitud que notificará directamente a la propiedad (Pueden encontrar más información en www.euskoregite.com, web impulsada por dicho Departamento y que se destina a la información y gestión de la inspección técnica de edificios). El resultado de dicho certificado es favorable cuando el edificio reúne una serie de condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato. En primer lugar, no puede implicar riesgo para las personas que lo habitan, y/o para los bienes que contienen. En segundo lugar, el edificio no podrá atentar contra la higiene y la salud pública. En tercer lugar, se revisará la accesibilidad del edificio, sus accesos, escaleras, pavimentos, etc. En cuarto lugar, la fachada de los edificios no podrá afectar a la imagen urbana. Por último, se revisa también el comportamiento térmico del edificio, con el fin de impulsar medidas encaminadas al fomento de la eficiencia energética del inmueble.

En caso de encontrarse deficiencias, la función del equipo técnico es fundamental. La realización de un buen diagnóstico inicial sobre el estado del edificio puede efectivamente finalizar con un certificado de “no aptitud” del edificio. Más allá, lo importante es la correcta definición y calificación de las deficiencias identificadas. Dicho análisis se convierte en la base de futuras actuaciones encaminadas a su corrección. Confirmamos, por tanto, que no se trata tanto de la elaboración y presentación de un informe encaminado a la obtención de un certificado, sino de contar con la confianza de un equipo técnico que, en colaboración con Sardón, garantice la seguridad y salubridad de su inmueble a largo plazo.

Se determinan las obras y trabajos de conservación que se requieran para mantener los inmuebles en el estado legalmente exigible, y el tiempo señalado a tal efecto. Así, los elementos a revisar dependen de la normativa y pueden existir variaciones. De forma habitual, se recibirá una de las siguientes 5 calificaciones:

  • GRADO 1: Actuación inmediata. Si se detecta riesgo inminente de colapso o posibles daños para las personas. La actuación debe llevarse a cabo en menos de 24 horas.
  • GRADO 2: Actuación muy urgente. Si existen daños importantes que pueden provocar riesgos para las personas a medio plazo. Se debe actuar antes de tres meses.
  • GRADO 3: Actuación Urgente. Si se detectan deficiencias graves que pueden ocasionar un deterioro rápido del edificio. El plazo de actuación es de un año.
  • GRADO 4: Actuación necesaria a medio plazo. Si se descubren defectos puntuales que no afectan al conjunto del sistema, pero cuya importancia puede ir aumentando progresivamente. La actuación puede aplazarse más de un año.
  • GRADO 5: Mantenimiento. Si no se detectan problemas, o si son tan leves que se pueden solucionar con un correcto mantenimiento, se concederá al edificio esta calificación.

Por tanto, una vez recibida la calificación correspondiente, y en caso de que el edificio requiera de intervenciones, proponemos la presentación de presupuestos para la realización de todo tipo de mejoras necesarias para obtener la certificación.

Permítanos ayudarles. Pueden contactarnos a través de los siguientes medios:

  • Correo electrónico: info@sardon.es
  • Teléfono: 943 336 900

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